Informe victimal como herramienta forense para la protección de víctimas
- Análisis interdisciplinario sobre el impacto psicológico, el riesgo social y la aplicación legal den casos de violencia de género
Tijuana, B. C., a 17 de octubre de 2025.- El informe victimar no solo es un documento técnico, es una herramienta de protección, visibilización y justicia para quienes han sido víctimas de violencia, afirmó el maestro Reyes Santiago Álvarez Salas, especialista en el ámbito forense y clínico, durante su participación en el quinto Congreso Nacional de Ciencias Forenses que se lleva a cabo en la Universidad de Tijuana CUT.
Al impartir la conferencia «Usos y aplicaciones del informa victimal en contextos forenses», Álvarez Salas destacó cómo este instrumento permite identificar el impacto psicológico, conductual y social que sufren las víctimas, especialmente en casos de violencia de género, y cómo su correcta elaboración puede ser determinante para activar medidas cautelares y de protección dentro del proceso judicial.
“Lo que buscamos es convertir el análisis victimológico en un documento útil, que sirva como vehículo para proteger a quienes han sido víctimas de violencia”, expresó el conferencista.
Uno de los puntos centrales fue la desconstrucción de la masculinidad como parte del trabajo psicoeducativo en contextos penitenciarios, especialmente en casos de delitos sexuales. Reyes Álvarez subrayó que la violencia de género no solo afecta a mujeres, sino que también puede manifestarse hacia los hombres, aunque en formas distintas: económica y psicológica, lo que exige una mirada más amplia y sensible.
Asimismo, destacó que el informe victimal debe aplicarse sin distinción de género, ya que su objetivo es identificar las causas profundas de la violencia, muchas de ellas relacionadas con estereotipos de género que perpetúan roles rígidos y expectativas sociales.
El maestro Álvarez compartió su experiencia en la Dirección de Atención a Víctimas y Testigos de la antigua Procuraduría General de Justicia, donde impulsó la introducción de la victimología forense como disciplina clave para fortalecer la labor de los servidores públicos. En este contexto, enfatizó la necesidad de incluir victimólogos y criminólogos en los equipos multidisciplinarios que atienden a las víctimas, junto con psicólogos y trabajadores sociales.
También se hizo referencia a los protocolos especializados disponibles en la página de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los cuales orientan a los juzgadores en casos que involucran perspectiva de género, infancia, diversidad étnica y discapacidad. Estos protocolos, junto con los emitidos por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, permiten activar mecanismos de protección adecuados en casos de feminicidio y violencia sexual.
El especialista con amplia trayectoria en la evaluación de la conducta, la salud mental y los procesos de intervención profesional en contextos judiciales, recordó que el Ministerio Público, conforme al artículo 20 de la Constitución, tiene la obligación de garantizar la protección de las víctimas, actuando con diligencia y prontitud. En este sentido, el informe victimal se convierte en un instrumento técnico y legal que sustenta la solicitud de medidas cautelares, adaptándose a las particularidades de cada caso.
En cuanto al marco jurídico que respalda el uso del informe victimal como instrumento técnico en la atención a víctimas, el maestro Reyes Álvarez destacó su papel en la evaluación del riesgo y la implementación de medidas de protección.
Hizo énfasis en la Ley General de Víctimas y en la Ley de Atención a Víctimas del Estado de Baja California, subrayando que ambas normativas establecen la necesidad de realizar dictámenes victimológicos que puedan ser puestos a disposición de la autoridad judicial. Aunque estas disposiciones existen desde hace años, con reformas importantes en 2015 y 2016, lamentó que en la práctica no se hayan implementado de forma sistemática debido a la falta de personal capacitado y de estructuras institucionales adecuadas.
“La ley ya lo decía: hay que introducir la victimología, pero no se hacía, y hasta la fecha no se hace. No hay indicadores del problema social, no hay sistemas que generen esa información dentro de atención a víctimas”, señaló.
El expositor compartió casos reales, con datos modificados por confidencialidad, para ilustrar cómo el nivel de riesgo varía significativamente entre víctimas, dependiendo del contexto y duración de la relación violenta. Por ejemplo, comparó tres situaciones de mujeres que denuncian violencia familiar: una con un año de relación, otra recién casada, y una tercera con 15 años de convivencia. Este análisis permitió evidenciar que la historia de violencia acumulada y la intención de retirar la denuncia son factores clave para determinar el riesgo.
La Ley de Víctimas en Baja California, en su artículo 40, establece que las medidas de protección deben basarse en los principios de protección, necesidad y proporcionalidad, considerando el riesgo grave o peligro inminente. Álvarez Salas explicó que este riesgo debe ser documentado y evidenciado en el informe victimal, para que las autoridades puedan actuar con fundamento.
Además, citó el Artículo 275 del Código Penal de Procedimientos Penales, que faculta la realización de peritajes especiales por equipos interdisciplinarios capacitados en atención a víctimas. Esto contradice la práctica común en algunas instituciones que alegan no tener competencia para realizar dichos dictámenes, cuando en realidad la ley los obliga a hacerlos si se solicita.
En cuanto al daño psicológico, el maestro Álvarez explicó que este concepto va más allá de la ausencia de enfermedad mental. Según la Ley de Salud Mental del Estado de Baja California, se trata de una alteración en los aspectos cognitivos, afectivos y conductuales que impide a la persona desplegar sus potencialidades en la convivencia, el trabajo y la recreación. Para evaluar este daño, se utilizan herramientas como el modelo CASIC de intervención en crisis, que permite identificar cambios en hábitos, emociones y relaciones sociales.
“Si una persona comienza a fumar para poder dormir, cuando antes no lo hacía, estamos viendo una alteración en su conducta. Eso es parte del daño psicológico que debemos documentar”, explicó Reyes Álvarez.
El conferencista también abordó la estructura del informe victimal, explicando cómo este documento permite evidenciar el impacto psicológico, conductual y social que una situación de violencia genera en la vida de una persona.
A través de ejemplos concretos, Álvarez Salas ilustró cómo los cambios de hábitos alimenticios, sociales o emocionales, como el aislamiento, el abandono de amistades, el uso de sustancias o la irritabilidad constante, son señales de que la víctima ya no está funcionando para su entorno, lo que afecta su capacidad de contribuir a la comunidad.
“Si esta situación de alto impacto hace que la persona deje de trabajar, descuide a sus hijos, se aísle o se vuelva irritable, estamos ante una crisis que ha alternado su funcionamiento cognitivo, afectivo y conductual. Esto es lo que el informe debe documentar”, explicó.
Según el maestro Reyes Álvarez, el informe victimal no diagnostica enfermedades mentales, sino que expone el estado emocional y funcional de la víctima desde una perspectiva forense. Para ello, se parte de una estructura clara que incluye datos generales, edad, antecedentes, descripción de los hechos y percepción del riesgo.
La conferencia cerró con una reflexión sobre la urgencia de profesionalizar la atención a víctimas, incorporar la victimología forense como disciplina clave, y garantizar que las leyes se traduzcan en acciones concretas que protejan a quienes enfrentan situaciones de violencia. Al finalizar la participación del maestro Reyes Santiago Álvarez Salas, se le hizo entrega de un reconocimiento de manos de la maestra Guadalupe Licea Castellanos, docente de Ciencias Forenses en la Universidad de Tijuana, en agradecimiento a su valiosa contribución en la formación integral de los estudiantes en la quinta edición del Congreso Nacional de Ciencias Forenses.